¿Qué es la validez de Obligaciones?

Validez de Obligaciones

Es una marca de obligación que coloca el SAT en la LCO para indicar si el contribuyente cuenta con obligaciones fiscales o no cuenta con obligaciones, se indica con los numeros de 0,1,2,3,4.


Validez de Obligaciónes

Cuando el valor es 0, significa que no cuenta con obligaciones para facturar, no se le permite emitir ningún tipo de facturas y complementos.

Si cuenta con el valor 1, significa que si tienes obligaciones para facturar y puede elaborar cualquier factura con IVA exento, tasa 0% y 16%.

Cuando el valor sea 2, cuenta con obligaciones para facturar, ademas puede facturar con IVA exento, tasa 0%, 8%, 16% y puede facturar en Región fronteriza norte

Cuando se tenga el valor 3, se podría decir que es lo mismo que el valor 2, la unica diferencia es la Región fronteriza, cuando se tiene este valor, puede emitir de la Región fronteriza norte, así como los los mismos porcentajes de impuestos.

Si se tiene el valor 4, significa que tiene obligaciones, puede facturar tanto Región fronteriza norte y sur, ademas de poder utilizar todos los porcentajes de impuestos.

CFDI 4.0

El año 2022 es uno de los años más revolucionarios en materia de facturación electrónica, a partir del 1 de enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) marcó una pauta para el inicio de vigencia del CFDI en su versión 4.0; la cual tiene como objetivo mitigar la emisión de facturas por EFOS.

Dentro de los principales cambios se encuentran:

  • El campo “Nombre denominación o razón social del receptor” es un campo obligatorio.
  • Se incorporan los campos “Régimen fiscal del receptor” y “Domicilio fiscal del receptor”, los cuales son de uso obligatorio.
  • Se incorpora el campo “Exportación”, donde deberá señalarse si el comprobante corresponde a una operación de exportación definitiva o temporal.
  • Se incorporan los campos “Periodicidad”, “Meses” y “Año”, para efectos de la emisión de las facturas globales.
  • Se adiciona el elemento ACuentaTerceros, el cual sustituye al “Complemento Concepto PorCuentadeTerceros
  • Se adiciona el campo “Objeto del impuesto”, el cual nos permite identificar si un concepto es objeto de impuestos o no.

¿Cuál entra en vigor la versión 4.0 de CFDI?

El inicio de vigencia de CFDI 4.0 entró en vigor el 1 de enero de 2022, si bien es una versión que no sufre demasiados cambios en comparación de la anterior (3.3), tiene una afectación de forma importante las actividades diarias de cada contribuyente, datos y procesos internos de los ERP y/o sistemas de información que utilizan.

Derivado de las afectaciones que pudieran subir los contribuyentes, el SAT optó por mantener un periodo de convivencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, por lo que, a partir del 1 de enero de 2023 la versión de CFDI 4.0 será la única vigente.

El SAT pone a disposición del contribuyente la documentación técnica en su sitio oficial, donde podrá encontrar el estándar, guías de llenado, catálogos e información fundamental para la creación del XML de esta versión de CFDI.

Fundamento legal


Código Fiscal de la Federación, artículo 29 y 29-A.

Reglas 2.7.1.2. y 2.7.1.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y anexo 20.

Resolutivo Cuarto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, que reforma el Transitorio Décimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021.


Evita las prácticas indebidas durante la emisión de CFDI.

CFDI 4.0

El año 2022 es uno de los años más revolucionarios en materia de facturación electrónica, a partir del 1 de enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) marcó una pauta para el inicio de vigencia del CFDI en su versión 4.0; la cual tiene como objetivo mitigar la emisión de facturas por EFOS.

Dentro de los principales cambios se encuentran:

  • El campo “Nombre denominación o razón social del receptor” es un campo obligatorio.
  • Se incorporan los campos “Régimen fiscal del receptor” y “Domicilio fiscal del receptor”, los cuales son de uso obligatorio.
  • Se incorpora el campo “Exportación”, donde deberá señalarse si el comprobante corresponde a una operación de exportación definitiva o temporal.
  • Se incorporan los campos “Periodicidad”, “Meses” y “Año”, para efectos de la emisión de las facturas globales.
  • Se adiciona el elemento ACuentaTerceros, el cual sustituye al “Complemento Concepto PorCuentadeTerceros
  • Se adiciona el campo “Objeto del impuesto”, el cual nos permite identificar si un concepto es objeto de impuestos o no.

¿Cuál entra en vigor la versión 4.0 de CFDI?

El inicio de vigencia de CFDI 4.0 entró en vigor el 1 de enero de 2022, si bien es una versión que no sufre demasiados cambios en comparación de la anterior (3.3), tiene una afectación de forma importante las actividades diarias de cada contribuyente, datos y procesos internos de los ERP y/o sistemas de información que utilizan.

El SAT pone a disposición del contribuyente la documentación técnica en su sitio oficial, donde podrá encontrar el estándar, guías de llenado, catálogos e información fundamental para la creación del XML de esta versión de CFDI.

Fundamento legal


Código Fiscal de la Federación, artículo 29 y 29-A.

Reglas 2.7.1.2. y 2.7.1.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y anexo 20.

Resolutivo Cuarto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, que reforma el Transitorio Décimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021.


Evita las prácticas indebidas durante la emisión de CFDI.

Nuevo Esquema de cancelación

¿En que consiste este nuevo esquema?

El sat el 18 de octubre del año en curso, publicó en su sitio oficial la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF, en donde se incluye la modificación a la regla 2.7.1.39 Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor.

Entre los cambios se encuentran:

  • Fracción I, se disminuye el monto a considerar del importe total del comprobante de $ 5,000 a $1,000.
  • Fracción X, se modifica el plazo de 3 a un día hábil para que sean consideradas las facturas cancelables sin aceptación.

Las listas negras del SAT

Todas aquellos contribuyentes que el SAT detecta que emiten comprobantes fiscales sin contar con los activos, infraestructuras, material, etc. Son notificados y agregados a un listado.

Las listas negras del SAT son listados donde se reflejan aquellos contribuyentes con irregularidades en su situación fiscal y aquellos que se presumen realizaron operaciones inexistentes.

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Complemento Carta Porte

¿Que es una Carta Porte?

La carta de porte es un documento jurídico de carácter declarativo que prueba la existencia de un contrato de transporte.

El complemento Carta Porte sirve para incorporar al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedio y destino, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre (carretera federal o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.(fuente retomada del SAT).

Este complemento fue publicado el día 1 de mayo de 2021 en las paginas del SAT. Dicho complemento debe ser incluido desde el 1 de junio del 2021 en los CFDI’s que acompañen el transporte de mercancías.

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La facturacion electronica

La facturación electrónica es también conocido como Comprobante Fiscal Digital de internet (CFDI), y esta se encuentra apegada a los estándares definidos por el SAT en el Anexo 20 de la Resolución de Miscelánea Fiscal. La facturación electrónica es la pieza clave en la simplificación fiscal y el control tributario de México.

La factura electrónica puede ser generada, transmitida y resguardada por la utilización de medios electrónicos.

El CFDI es un documento en el que se describe el costo de los productos y servicios adquiridos. En él se detallan los impuestos correspondientes, así como otros datos que corresponderían a una factura tradicional. En resumen, las facturas electrónicas cumplen con las mismas condiciones legales que las facturas de papel.

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