El año 2022 es uno de los años más revolucionarios en materia de facturación electrónica, a partir del 1 de enero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) marcó una pauta para el inicio de vigencia del CFDI en su versión 4.0; la cual tiene como objetivo mitigar la emisión de facturas por EFOS.
Dentro de los principales cambios se encuentran:
- El campo “Nombre denominación o razón social del receptor” es un campo obligatorio.
- Se incorporan los campos “Régimen fiscal del receptor” y “Domicilio fiscal del receptor”, los cuales son de uso obligatorio.
- Se incorpora el campo “Exportación”, donde deberá señalarse si el comprobante corresponde a una operación de exportación definitiva o temporal.
- Se incorporan los campos “Periodicidad”, “Meses” y “Año”, para efectos de la emisión de las facturas globales.
- Se adiciona el elemento ACuentaTerceros, el cual sustituye al “Complemento Concepto PorCuentadeTerceros”
- Se adiciona el campo “Objeto del impuesto”, el cual nos permite identificar si un concepto es objeto de impuestos o no.

¿Cuál entra en vigor la versión 4.0 de CFDI?
El inicio de vigencia de CFDI 4.0 entró en vigor el 1 de enero de 2022, si bien es una versión que no sufre demasiados cambios en comparación de la anterior (3.3), tiene una afectación de forma importante las actividades diarias de cada contribuyente, datos y procesos internos de los ERP y/o sistemas de información que utilizan.
Derivado de las afectaciones que pudieran subir los contribuyentes, el SAT optó por mantener un periodo de convivencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, por lo que, a partir del 1 de enero de 2023 la versión de CFDI 4.0 será la única vigente.
El SAT pone a disposición del contribuyente la documentación técnica en su sitio oficial, donde podrá encontrar el estándar, guías de llenado, catálogos e información fundamental para la creación del XML de esta versión de CFDI.
Fundamento legal
Código Fiscal de la Federación, artículo 29 y 29-A.
Reglas 2.7.1.2. y 2.7.1.7 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y anexo 20.
Resolutivo Cuarto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, que reforma el Transitorio Décimo Séptimo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2021.
Evita las prácticas indebidas durante la emisión de CFDI.